
PRIMA DE RIESGO. Que es, como se calcula y donde se presenta
¿Es tu primera vez calculando la prima de riesgo? ¿O ya lo has hecho antes, pero tienes dudas? Pues entonces esta información es para ti.
Primero las definiciones
Accidente. Toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior; o la muerte, Producida repentinamente en ejercicio, o con motivo del trabajo, cualquiera que sea el lugar y el tiempo en que dicho trabajo se presente. (LSS, art. 42)
Enfermedad de trabajo. Es todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo del trabajo, o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios. (LSS, art. 43)
Incapacidad permanente parcial. Es la disminución de las facultades o aptitudes de una persona al trabajar. (LFT, art. 479)
Incapacidad permanente total. Es la pérdida de facultades o aptitudes de una persona que la imposibilita para desempeñar cualquier trabajo por el resto de su vida. (LFT, art. 480)
Jerarquía de operaciones. Conjunto de reglas que nos indican el orden en que debemos resolver las operaciones matemáticas cuando hay más de una en una misma expresión.
LFT. Ley Federal del Trabajo.
LSS. Ley del Seguro Social.
Riesgo de trabajo. Son los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo del trabajo. (LSS, art 41)
Riesgo de trayecto. Son los accidentes que se producen al trasladarse el trabajador directamente de su domicilio al lugar del trabajo y de este a aquel. (LSS, art. 41)
STPS. Secretaría de Trabajo y Previsión Social
SUA (Sistema Único de Autodeterminación). Programa informático para determinar importes y conceptos para el pago de las cuotas obrero-patronales por conceptos de IMSS, Retiro, Cesantía y Vejez e INFONAVIT.
Empecemos por lo básico, ¿Qué es la prima de riesgo?
Es una tasa que las empresas deben pagar al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) como parte de las aportaciones por el seguro de riesgos de trabajo. Este seguro cubre los accidentes y enfermedades relacionados con el trabajo que puedan sufrir los empleados.
Cuando una empresa empieza a laborar, se le asigna una prima fija sobre el salario base de cotización de sus trabajadores. Cada año, las empresas deben presentar un cálculo para ajustar la prima de riesgo que aplicará para el siguiente periodo.
Esta tasa puede aumentar o disminuir dependiendo del número y gravedad de los accidentes o enfermedades de trabajo registrados en la empresa durante el año anterior. Las variaciones solo pueden ser como máximo una unidad de porcentaje. Por ejemplo: si tu prima del 2024 fue de 3.69%, y el cálculo obtenido de 2025 es de 0.5%, la prima que debes presentar es de 2.69% (Ley del Seguro Social, art. 74)
No presentar la revisión anual y determinación de la prima, hacerlo extemporáneamente o con datos falsos o incompletos son motivos de sanción (Ley del Seguros Social, art. 304 A, fracción XV)
¿Hasta cuándo tienes para presentarla?
La prima debe ser presentada durante el mes de febrero, ya que esta tiene una vigencia del primero de marzo hasta el último día de febrero del año subsecuente. (Reglamento de la Ley del Seguro Social, art. 32, fracc. III y IV). Con base en lo anterior, el ultimo día para reportar la prima del 2025 es el viernes 28 de febrero de 2025.
¿Dónde se presenta?
El cálculo de presenta vía internet a través del portal “IMSS Desde Su Empresa” (IDSE). Para el año 2025 el IMSS tiene como meta que se presente 100% en línea.
Ahora viene lo bueno ¿Cómo se calcula?
El calculo se realiza mediante el empleo de la siguiente fórmula:


Para obtener los valores que necesitas para sustituir en la fórmula debes tomar en cuenta lo siguiente:
- El total de días subsidiados por causa de incapacidad temporal (S) se obtiene de la suma de todos los días subsidiados por riesgo de trabajo, ya sea por accidente o enfermedad de trabajo. Se deben considerar también las recaídas que hayan tenido los trabajadores por riesgos de trabajo y que haya aprobado el IMSS oficialmente.
Si un riesgo de trabajo inició en el periodo anterior de revisión, pero concluyó en el periodo a reportar, también debe ser incluido. No se deben tomar en cuenta los riesgos de trayecto.
- Los porcentajes de las incapacidades permanentes parciales y totales (I) también se obtiene de una suma, pero es de los porcentajes de las valoraciones por incapacidad permanente parcial y total otorgadas por el IMSS. El resultado de esta suma debe ser divido entre 100 para poder incluirse en la fórmula. Dicho resultado debe estar en números enteros junto con dos decimales.
Cuando se hacer una revaluación del porcentaje de incapacidad en el mismo periodo, se deben considerar ambos porcentajes. Si la revaluación se hace en un periodo distinto al de la valoración inicial, solo se considera la revaluación. Todos estos datos son obtenidos del formato ST-3 “Dictamen de incapacidad permanente o de defunción por riesgo de trabajo” emitido por el IMSS.
- En cuanto al número de defunciones (D) este también debe ser tomado del formato ST-3 y el resultado que se presenta en la fórmula también proviene de una suma, en el caso de que hayas tenido más de una defunción.
- En el número de trabajadores promedio expuesto al riesgo (N) se debe tomar el cociente que resulte de dividir el total de los días cotizados entre 365 días del año. Este resultado se debe ingresar en la formula en enteros y un decimal. El total de días cotizados se obtiene sumando los días cotizados por todos los trabajadores de la empresa, hayan o no sufrido un riesgo de trabajo., durante el año que se reporta.
- El factor de la prima (F) que se debe emplear es de 2.3, a menos que se cuente con un sistema de administración y seguridad en el trabajo acreditado por la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS), que en tal caso el factor es de 2.2.
Una vez obtenido todos los datos, se procede a la solución de la fórmula. Durante nuestra experiencia, se ha observado controversia en como se resuelve. A primera vista se pueden ir haciendo las operaciones de forma indiscriminada o de izquierda a derecha solamente, pero tal como está escrita la fórmula se debe aplicar la jerarquía de operaciones.
Te ayudamos a resolver paso por paso:
- Suma (I+D).
- Multiplica el resultado por tu valor de V.
- Ahora suma lo que obtuviste de (S/365).
- Divide (F/N) y multiplícalo a tu resultado.
- Súmale el valor de M.
- Multiplica por 100 lo obtenido. Este paso no viene expresado en la fórmula, pero debe realizarse para que sea expresada en porcentaje.
De forma gráfica los pasos se verían de esta manera:

Una vez obtenido el resultado, se debe comparar la prima obtenida del nuevo periodo con la prima del periodo anterior. Si la diferencia entre resultados es menor a una unidad, se mantiene el resultado obtenido. Si la diferencia es mayor a una unidad, el resultado que se empleará es del valor anterior más menos una unidad.
Aquí unos ejemplos:

¿Quién tiene la responsabilidad de presentar y calcular la prima?
Este cálculo normalmente es realizado por al menos dos áreas en conjunto, el área de Seguridad e Higiene y el área de Recursos Humanos.
Seguridad e Higiene debe poseer los registros de accidentes, incapacidades y formatos ST7 de todos los riesgos laborales del periodo en cuestión. El área de Recursos Humanos como tal gestiona las incapacidades y normalmente es quien captura en el Sistema Único de Autodeterminación (SUA) los periodos de las mismas.
Se debe revisar cuando menos entre estas dos áreas que los registros empaten y que no haya ninguna discrepancia al respecto.
Tienes problemas o dudas en el llenado o como calcular la prima, ¡CONTÁCTANOS!
Con gusto atendemos tus dudas sin costo, solo que recuerda hacerlo antes del 28 de febrero de 2025.
